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28 juin 2025
8 min de lecture
Fiscalidad

Impuestos y fiscalidad en España para expatriados franceses: La guía 2026

Descubre todo lo que necesitas saber sobre la fiscalidad española para expatriados franceses: residencia fiscal, IRPF, Ley Beckham y consejos prácticos para 2025.

Julia Brachet
Julia Brachet

International Mobility Expert

Fiscalidad en España para expatriados

España es un destino de elección para los expatriados franceses, atraídos por su clima, su cultura y su calidad de vida. Sin embargo, instalarse en un nuevo país implica entender y navegar en un nuevo sistema fiscal. La fiscalidad en España presenta particularidades importantes que es esencial conocer para evitar malas sorpresas y optimizar su situación financiera. Esta guía completa te presenta todo lo que debes saber sobre los impuestos en España para los expatriados franceses en 2025.

Vista de la ciudad de Madrid y el cielo azul

Residencia fiscal: ¿dónde pagas tus impuestos?

El primer paso para entender tus obligaciones fiscales es determinar tu residencia fiscal. Se te considera residente fiscal en España si cumples una de las siguientes condiciones:

  • Permanecer en España más de 183 días al año.
  • El centro de tus intereses económicos se encuentra en España (por ejemplo, si trabajas allí o posees una empresa).
  • Tu cónyuge no separado legalmente y tus hijos menores residen habitualmente en España.

Si eres residente fiscal en España, serás gravado sobre el conjunto de tus ingresos mundiales (salarios, ingresos inmobiliarios, plusvalías, etc.). Si no eres residente fiscal, solo serás gravado sobre tus ingresos de origen español.

La convención fiscal entre Francia y España, que puedes consultar en detalle en el sitio de los impuestos franceses, tiene como objetivo evitar la doble imposición. Define las reglas de atribución del derecho de gravar para cada tipo de ingreso.

Los principales impuestos en España

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El IRPF es el equivalente del impuesto sobre la renta en Francia. Es un impuesto progresivo, lo que significa que el tipo de imposición aumenta con el nivel de ingresos. La escala se divide en tramos nacionales y regionales, por lo que los tipos pueden variar de una comunidad autónoma a otra.

Aquí está la escala general para 2025 (sujeta a ligeras modificaciones):

  • Hasta 12.450 €: 19%
  • De 12.450 € a 20.200 €: 24%
  • De 20.200 € a 35.200 €: 30%
  • De 35.200 € a 60.000 €: 37%
  • De 60.000 € a 300.000 €: 45%
  • Más de 300.000 €: 47%

Existen numerosas deducciones y créditos fiscales, por ejemplo para los gastos de alquiler, las inversiones en una residencia principal o las donaciones a asociaciones. Para toda información oficial, el sitio de la Agencia Tributaria es la referencia.

El Impuesto sobre el Patrimonio (Patrimonio)

Este impuesto afecta a los patrimonios netos más elevados. Se aplica a los residentes fiscales españoles sobre su patrimonio mundial y a los no residentes sobre sus bienes situados en España. Generalmente se aplica una reducción de 700.000 €, así como una reducción adicional de 300.000 € sobre la residencia principal. El umbral y los tipos varían fuertemente según las comunidades autónomas, algunas incluso lo han suprimido.

El Impuesto sobre sucesiones y donaciones

Este impuesto también está gestionado por las comunidades autónomas, lo que provoca diferencias muy importantes de una región a otra. En ciertas regiones como Madrid o Andalucía, las transmisiones entre padres e hijos están casi totalmente exentas. Es crucial informarse sobre la legislación local, que puede influir mucho en la planificación sucesoria.

El IVA (IVA en español)

Como en Francia, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se aplica a la mayoría de los bienes y servicios. Los tipos en 2025 son:

  • Tipo general: 21%
  • Tipo reducido: 10% (hostelería, ciertos alimentos, transporte de pasajeros...)
  • Tipo superreducido: 4% (productos de primera necesidad como el pan, la leche, los libros...)
Documentos fiscales y calculadora

Régimenes fiscales especiales para expatriados

La "Ley Beckham"

Este régimen fiscal especial, conocido como "Ley Beckham", es uno de los mayores atractivos para los trabajadores extranjeros que se instalan en España. Permite a los expatriados que no han sido residentes fiscales en España durante los 5 años anteriores a su instalación beneficiarse de un tipo de imposición fijo del 24% sobre sus ingresos del trabajo hasta 600.000 €, durante un período de 6 años.

Para beneficiarse, hay que instalarse en España para un contrato de trabajo. Este régimen es particularmente ventajoso para los altos ingresos. Para saber más, consulta nuestro artículo dedicado a la Ley Beckham (o Ley Mbappé).

Consejos prácticos para los expatriados franceses

  • Anticipa tu mudanza: Infórmate sobre las implicaciones fiscales antes incluso de partir.
  • Hazte acompañar: Los sistemas fiscales español y francés son complejos. Un asesor fiscal especializado en fiscalidad internacional puede ahorrarte tiempo y dinero.
  • Conserva todos tus documentos: Guarda contratos de trabajo, nóminas, escrituras de propiedad, etc. Serán esenciales para tus declaraciones.
  • Declara tus cuentas en el extranjero: No olvides declarar tus cuentas bancarias mantenidas en Francia a la administración fiscal española mediante el modelo 720, bajo pena de fuertes sanciones.

Conclusión

Expatriarse en España es una aventura emocionante, pero una buena preparación fiscal es la clave de una transición exitosa. Al entender las bases de la residencia fiscal, los principales impuestos y los regímenes especiales como la Ley Beckham, estarás mejor preparado para gestionar tus finanzas.

La elección de tu lugar de residencia en España también puede tener un impacto fiscal, como exploramos en nuestro artículo sobre los mejores barrios donde vivir en Madrid. Para una visión general de los trámites, no dudes en consultar nuestra guía sobre la mudanza a España.

En Hiliv, nuestros expertos están aquí para acompañarte en cada etapa de tu proyecto de expatriación, incluyendo los aspectos administrativos y fiscales. ¡Contáctanos para un acompañamiento a medida!

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